Ocupacióndesconocido
Cargas (€)€1,370,000
Detalle cargasHIPOTECA DE MAXIMO a favor del BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A., constituida en escritura autorizada el día veinticinco de marzo de dos mil once, por el Notario de León Don Fernando Sánchez-Arjona Bonilla, número 327 de protocolo, en garantía del saldo que arroje una cuenta especial de crédito con finalidad liquidatoria, abierta en dicho Banco a las sociedades acreditadas, ALMACEN REGIONAL DE MATERIAL ELECTRICO, S.L., ARME LEON, S.A., ALMACEN REGIONAL DE MATERIAL ELECTRICO DEL BIERZO, S.A., ARME DISBURMEL, S.A., ARME ILUMINACION Y ARQUITECTURA DE INTERIORES, S.L. Y SOPORTE, DESARROLLO Y DISTRIBUCION INTEGRAL, S.A., por un importe máximo de UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA MIL EUROS, con vencimiento improrrogable al día VEINTICINCO DE MARZO DE DOS MIL VEINTITRES; cubriendo la hipoteca las siguientes cantidades: a) El saldo a su cierre de la cuenta especial de crédito garantizada, hasta un máximo de UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA MIL EUROS. b) El importe de dos años de intereses ordinarios al tipo pactado, esto es, DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL EUROS. c) El importe de dos años de intereses de demora al tipo pactado, esto es, TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS EUROS. c) Una cantidad adicional de DOSCIENTOS CINCO MIL QUINIENTOS EUROS para costas y gastos, en su caso. A los efectos procesales y para que sirva como tipo en la subasta que corresponda, tasan la finca que se hipoteca en el importe correspondiente a la responsabilidad por principal. Así resulta de la inscripción 9ª de fecha trece de mayo de dos mil once. TRASMITIDA LA HIPOTECA PRECEDENTE COMO SE INDICA EN LA INSCRIPCIÓN 11: Posteriormente, el derecho real de hipoteca de la inscripción 9.ª, actualmente por transmisión por fusión del crédito hipotecario a favor del Banco Santander, se transmite por título de cesión a favor de la sociedad "TD GARDEN INVEST, S.L." mediante escritura otorgada en Madrid el día veinticuatro de julio de dos mil veintitrés ante su Notario don Antonio Morenés Gilés número 982 de protocolo. Así resulta de la inscripción 11.ª, fechada el día diecinueve de octubre de dos mil veintitrés. 2) Una hipoteca de máximo a favor del BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A., constituida en escritura autorizada el día treinta de marzo de dos mil quince, por la Notario de León Doña Carmen Ana Vázquez Arias, número 321 de protocolo, en garantía del saldo resultante de una cuenta especial de crédito con finalidad liquidatoria, abierta en dicho Banco a nombre de ARME LEON, S.A., por un importe de DOSCIENTOS MIL EUROS de principal y que tendrá validez hasta el día TREINTA DE MARZO DE DOS MIL TREINTA, no siendo esta fecha susceptible de prórroga, garantizándo la hipoteca hasta las siguientes cantidades: a) Hasta un máximo de DOSCIENTOS MIL EUROS en concepto de principal. b) Por máximo garantizado de intereses ordinarios de dos años al 12,00% anual: CUARENTA Y OCHO MIL EUROS. c) Por máximo garantizado de intereses de demora de dos años al 27,50% anual: CIENTO DIEZ MIL EUROS. d) Una cantidad adicional de TREINTA MIL EUROS para costas y gastos en su caso. Se tasa a efectos de subasta en el importe de SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SETENTA Y CINCO EUROS CON SETENTA Y UN CÉNTIMOS. Así resulta de la inscripción 10ª de fecha dieciocho de mayo de dos mil quince. 3) Afecta al pago de la liquidación o liquidaciones que eventualmente puedan girarse por el Impuesto sobre TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS y/o SUCESIONES Y DONACIONES, como consecuencia de la revisión de las liquidaciones o declaraciones presentadas por razón de los actos inscritos o anotados.
Hipoteca€1,370,000
Puja mínima€1,370,000
Depósito (%)5%
Fase judicialejecucion
Nivel de riesgomedium
Litigioshipoteca, afeccion_fiscal
Análisis riesgoExiste una hipoteca principal a favor de TD Garden Invest S.L. y una segunda hipoteca a favor de Banco Popular Español S.A. La ocupación es desconocida, lo que añade riesgo.